Cuando hablamos del seguro obligatorio nos referimos al seguro de responsabilidad civil obligatorio gracias al cual los propietarios de los vehículos pueden cubrir los daños materiales y personales provocados en terceras personas. Es decir su obligatoriedad responde a la necesidad social de que los perjuicios no queden nunca sin indemnización. ¿Pero qué vehículos deben tener concertado el seguro obligatorio?

La obligación de contratar un seguro

Como ya hemos comentado, en el marco jurídico de nuestro país aparece recogida la obligatoriedad para los vehículos de tener contratado un seguro de responsabilidad civil obligatorio para poder circular. Entre otros vehículos, esto afecta a vehículos de motor como turismos, motocicletas, furgonetas, camiones o autobuses, así como a ciclomotores y remolques y semiremolques con M.M.A superior a 750 kilogramos.

Aunque las normativas vigentes no establecen qué características concretas debe tener este seguro, la gran mayoría de las aseguradoras proporcionan una prestaciones mínimas. Esto sí, los propietarios de vehículos pueden contratar seguros de responsabilidad civil que superen las prestaciones mínimas. Y de hecho es bastante recomendable. Veamos más de cerca todos los vehículos afectados por la norma.

la obligacion de contratar un seguro

La obligación de contratar un seguro

Como ya hemos comentado, en el marco jurídico de nuestro país aparece recogida la obligatoriedad para los vehículos de tener contratado un seguro de responsabilidad civil obligatorio para poder circular. Entre otros vehículos, esto afecta a vehículos de motor como turismos, motocicletas, furgonetas, camiones o autobuses, así como a ciclomotores y remolques y semiremolques con M.M.A superuor a 750 kilogramos.

Aunque las normativas vigentes no establecen qué características concretas debe tener este seguro, la gran mayoría de las aseguradoras proporcionan una prestaciones mínimas. Esto sí, los propietarios de vehículos pueden contratar seguros de responsabilidad civil que superen las prestaciones mínimas. Y de hecho es bastante recomendable. Veamos más de cerca todos los vehículos afectados por la norma.

Vehículos que tienen que tener seguro

La obligación de circular con seguro de responsabilidad civil aparece recogida en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, encargado de la regularización de la Responsabilidad Civil y de los seguros en la circulación de vehículos a motor. Como norma, si circula por vía terrestre, tiene motor y necesita el permiso de circulación, debe tener contratado el seguro de responsabilidad civil.

En cualquier caso, aquí va una lista más detallada de los vehículos obligados a asegurar: coches,autobuses y monobuses, motos, ciclomotores, quads, camiones, furgonetas, cuatriciclos, tractores, vehículos de 3 ruedas, vehículos agrícolas, remolques de más de 750 kilos y semirremolques de más de 750 kilos. En este sentido, las bicicletas por ejemplo no requieren de un seguro de este tipo.

vehiculos que tienen que tener seguro

Características del seguro obligatorio para vehículos

Precisamente hace unas cuantas líneas hablamos de este asunto: en el mercado existen muchas pólizas para asegurar la responsabilidad civil de los vehículos en carretera y cada una de ellas presenta su propia lista de características, condiciones y coberturas. En realidad, y si te lo puedes permitir, lo más inteligente siempre es circular con un seguro a todo riesgo que cubra tanto los daños provocados por ti en otros vehículos como los daños recibidos en tu vehículo y en tu persona.

Coberturas

Las coberturas básicas de los seguros de responsabilidad civil del conductor frente a terceros son los daños materiales y personales que este pudiera provocar en otras personas. Esto significa que si cometes errores y provocas un accidente que perjudica el estado de otro vehículo o la salud de quien lo conduce la empresa de seguros cubrirá las indemnizaciones. O al menos hasta cierta cantidad.

Lo que no incluye

Ahora ya sabes qué cubre el seguro obligatorio del coche en todos los casos, ¿pero qué no cubre? Pues, entre otras cosas, no cubre los daños provocados por ti mismo en tu vehículo o en tu persona. Eso significa que en caso de generar un accidente en el que sales perjudicado de alguna forma, estarás en problemas. De ahí que sea tan recomendable cubrir a todo riesgo siempre que se pueda.

Multa por no tener seguro

Durante todo este artículo hemos respondido a la famosísima pregunta de “todos los vehículos necesitan un seguro obligatorio”. Y hemos visto que, al menos aquellos que circulan por vía terrestre, a motor y mediante permiso de circulación, sí. De hecho, las sanciones por no disponer del mismo oscilan entre los 601 euros y los 3.005 euros en función de la categoría de vehículo y la gravedad del perjucio causado.

Skip to content
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Nunca almacenamos información personal.

Tienes toda la información sobre privacidad, derechos legales y cookies en nuestra página de aviso legal y condiciones generales